Con fundamento en las razones de hecho y de derecho antes expuestas, de conformidad con lo previsto en el articulo 578 literal "f" y 583 ambos de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial penal del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA RESPONSABLE PENALMENTE al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, actualmente recluido en la Unidad de Formación Integral Varones, cumpliendo la Medida Privación de Libertad a la orden del Tribunal de Ejecución de la sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas; por la comisión del delito de: LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto en el articulo 415 del Código Penal en perjuicio del ciudadano Cecilio Jesús Pérez, identificado en autos, y lo SANCIONA con las medidas de DE IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con los .....