Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana, Abogado ELEONOR HERNANADEZ G. DE PERNALETE, con el carácter de Fiscal Vigésima Séptima del Ministerio Público, contra la resolución dictada en fecha 04-02-04, dictada por el Juzgado Segundo en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual OTORGÓ el Beneficio de Régimen Abierto al penado DANILO ANTONIO GODOY plenamente identificado en autos.
Regístrese, Publíquese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Audiencias N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en Maracaibo a los veintitrés (23) días del mes de Marzo de 2004. Años: 193° de la Independencia y 145° de la Federación.