Este Tribunal Primero de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: NEGAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a la adolescente: IDENTIDAD OMITIDAD DE ACUERDO A LA LEY, por las razones antes señaladas.
Ofíciese lo conducente a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión interlocutoria.
LA JUEZA PRIMERA DE CONTROL,
ABG. MARIA ANGELICA GUTIERREZ C.
LA SECRETARIA,
ABG .DAYLIANA PIÑA.
CAUSA 1C1394/2007.