Este JUZGADO DEL MUNICIPIO SOSA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA el presente CONVENIMIENTO, de conformidad con lo que dispone el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y del Adolescente y ordena el cese del presente procedimiento. Líbrese Oficios y Ordénese la apertura de la Cuenta de Ahorros respectiva. Publíquese y Regístrese en los Libros respectivos.
Dada, Firmada y Sellada en la sala de Despacho del Juzgado del Municipio Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Ciudad de Nutrias, a los veintitrés días de Marzo del dos mil Nueve. AÑOS: 198° de la Independencia y 1498° de la Federación.-
El Juez Temporal,
Abg. Josè Lindolfo Camacho.
.....