Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara:
PRIMERO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus CORDELL ENRIQUE AHING SEGOVIA, a los ciudadanos EDD MIKE AHING PEROZO, JOSÉ DAVID AHING PEROZO, LEE JOSÉ AHING PEROZO, ILL ENRIQUE AHING PEROZO, ALL YON AHING PEROZO y ANN MARGARET AHING PEROZO, en su condición de hijos; y a la ciudadana EVA MARGARITA PEROZO DE AHING, en su condición de cónyuge. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
SEGUNDO: Devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas para formar expediente.
TERCERO: Se declara terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo del expediente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Proc.....