DECISION
Por las razones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano EP11-O-2023-000001, antes identificado, contra la empresa, Gerencia de Seguridad Integral de PDVSA Distrito Barinas, Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los veintitrés (23) días del mes de marzo de dos mil veintitrés. Años 212º de la Independencia y 164º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Enaydy Mayrivic Cordero Colmenares
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