Una vez esgrimidos las razones de hecho y de derechos en la presente causa y su procedencia, este JUZGADO SEPTIMO CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a el (la) Acusado (a) (s) DARWIN ENRIQUE GODOY MOLINARES, Venezolano, natural de Maracaibo, de 26 años de edad, portador de la Cedula de Identidad Personal No. V- 17.416.506, hijo de FREDDY GODOY y ELAINE MOLINARES, fecha de nacimiento 19-05-83, de estado civil Soltero, residenciado en la Urbanización La Rotaria; Calle 108 A, a dos Cuadras del Colegio Julio Cesar Borges Duarte, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias previstas en la Ley, como Autor de el (los) Delito (s) de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Artículo 7 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor; cometidos en perjuicio del Ciudad.....