En consecuencia se homologa la transacción solo por cobro de prestaciones sociales, suscrita entre las partes a fines de que tenga fuerza de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, articulo 1718 del Código Civil y articulo 225 del Código de Procedimiento Civil , Vista la presente transacción remítase el presente expediente al Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, para su cierre y posterior archivo. ASI SE DECLARA.