- III -
- DISPOSITIVA -
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, propuesta por los ciudadanos JOSE EVANGELISTA MARTINEZ DELGADO y LUCIA MARGARITA MELEAN DE MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.810.863 y V-7.797.644 respectivamente, ambos ya identificados. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha Once (11) de enero de 1.975, por ante el prefecto y secretaria de la parroquia Ricaurte, Municipio Mara del estado Zulia, anotada bajo el Acta N° 10, inserta en el Libro para Matrimonios que llevó dicho ente publico en el año 1.975.
El Tribunal deja expresa constancia .....