DISPOSITIVA
Este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Unipersonal N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la presente causa, por no existir suficientes elementos de convicción para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado, de conformidad con lo previsto en el Artículo 318, Ordinal 4°, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 373 Ejusdem, a favor del Ciudadano: LUÍS ANTONIO REY VELÁSQUEZ, Venezolano, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.072.867, nacido en fecha: 11-03-1979, natural de Santa Bárbara, Estado Barinas, trabaja en construcción, hijo de Ana Velásquez (V) y de Fernando Rey (V) y residenciado en el Barrio Palacio, Calle 03, Casa N° 05, cerca de la Bodega Chelo y Licorería El Negro, Estado Barinas; por el delito de: VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, .....