Por los fundamentos de hecho y de derecho antes mencionados, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley declara:
SE NIEGA EL DECRETO DE LA MEDIDA DE EMBARGO solicitada por el ciudadano HARRISON JOSÉ GONZÁLEZ, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES instauro en contra de la ciudadana LUZ MARINA GUERRA CUELLO, todos ya identificados.
No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, veintitrés (23) de noviembre del año dos mil doce (2012).
Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
Expídase copia certificada por Secretaría y archívese en e.....