Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se DECLARA: INADMISIBLE la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO sigue el ciudadano EDIOVER DIONY JIMENEZ URDANETA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 7.935.901 en contra del ciudadano YONY ALBERTO JIMENEZ MONTIEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 22.230.953 por los fundamentos anteriormente expuestos.- Así se decide.-