En efecto, este Jurisdicente evidencia de las actas que componen el presente litigio, que la abogada en ejercicio NORA BRACHO MONZANT, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 26.643, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadana CARMEN RODRÍGUEZ, antes identificada, en fecha 09 de enero de 2007 presentó escrito de subsanación de la cuestión previa opuesta, donde solicita al Tribunal se practique una nueva citación a la referida Sociedad Mercantil pero en la persona de su Presidente, ciudadano ALBERTO QUINTANA.
Ahora bien, evidenciado como fue que el ciudadano REINALDO ALBERTO ALTUVE CEDEÑO, en su carácter de Gerente Comercial de la Sociedad Mercantil C.N.A DE SEGUROS LA PREVISORA, plenamente identificados, carece de las facultades para representar y obligar a dicha compañía tomando en consideración la naturaleza del juicio incoado, con lo cual se incurre en el supuesto establecido en el numeral 4 del articulo 346 del Código de Procedimiento civil, este JUZGADO TE.....