Por los fundamentos arriba establecidos, este JUZGADO ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la ABG. HASSNA ABDELMAJID RAIDAN, Defensora Publica Segunda Penal u Ordinario de la Unidad de Defensa Publica del Estado Zulia, en su carácter de Defensora del acusado LUIS ANTONIO MONTIEL OLIVARES, a quien se le sigue causa signada bajo el N° VP02-P-2010-056761, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL CONTINUADA, AMENAZAS, previstos y sancionados en los artículos 43 Segundo y Tercer aparte y articulo 41 ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia y TRATO CRUEL, previsto sancionado en el articulo 254 de la Ley Orgánica para la Protección del.....