DECISIÓN
Este Juzgado Primero Superior del Trabajo tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación incoado por el demandante apelante contra la decesión de fecha; primero (1º) de Marzo del año dos mil diecisiete (2017) inserta al folio 45. Así se establece.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo decidido por este Tribunal, se modifica la decisión apelada y declara que la demanda debe sustanciarse de conformidad con lo establecido en el procedimiento ordinario establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece:
TERCERO: Se ordena remitir la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los fines de que sea distribuida ent.....