PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por los Abogados MARIO ALBERTO QUIJADA RINCÓN y BEATRIZ LEONOR PAZ ALBARRÁN, actuando como Defensa de los ciudadanos LUIS RAFAEL GUTIERREZ MORALES y JONATHAN JOSEP GUTIERREZ MORALES, supra identificado en actas.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión de fecha 22 de Marzo de 2017, publicada en extenso en fecha 27 de Marzo de 2017, bajo el No. 0722-17, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión del artículo 67 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vide Libre de Violencia.