DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL SEXTO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la defensa de fondo alegada por la demandada TOMAS MARTIN HERNANDEZ SOCIEDAD DE CORRETAJE DE SEGUROS, C.A, referida a la prescripción de la acción en el juicio incoado por la ciudadana IRAIDA ROMERO.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por prestaciones sociales incoada por la ciudadana IRAIDA ROMERO contra la empresa TOMAS MARTIN HERNANDEZ SOCIEDAD DE CORRETAJE DE SEGUROS, C.A.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Publíquese y Regístrese.