Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia, Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la inhibición formulada por el Juez Quinto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, ciudadano Gustavo Coromoto Andrade Rodríguez, en el juicio de cobro de bolívares vía ejecutiva incoado por el Condominio del Edificio Doctor Portillo, en contra de los ciudadanos Rafael Rouvier Chacín y Elsy Matos de Rouvier.