PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este órgano jurisdiccional Juzgado
Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, al verificar de actas que la inactividad de las partes en el impulso de la causa ha rebasado el término fijado por la ley para que opere la prescripción de la acción de COBRO DE BOLÍVARES, lo cual se entiende como un decaimiento del interés procesal, y aplicando el criterio jurisprudencial antes transcrito, DECLARA DE OFICIO: PERIMIDA LA ACCIÓN intentada por ALAN JOSE SANCHEZ FERRER en contra de JUAN CARLOS MARIN PEROZO. Y ASÍ SE RESUELVE.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
No hay Condenatoria en costas dado el carácter de este fallo.
Expídase copia certificada por Secretaria y archívese en el Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada.....