Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente - Juez Unipersonal N° 1 administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a los niños y adolescentes MARIA JOSE, ARMANDO JOSE e IVIANA DEL CARMEN SERRANO ZAMBRANO, YULIANNIS DE LOS ANGELES y ARLY ADRIAN SERRANO FERNANDEZ, en su condición de hijos como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano PEDRO RAFAEL SERRANO, quien venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.475.500 y quien falleció Ab-intestato en fecha 22 de Septiembre de 2006, según copia certificada del acta de defunción N° 203 emanada de la Oficina de Registro Civil del Municipio Bejuma del Estado Carabobo. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando previa certificación en actas por secretaria.-
Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría.