Así las cosas, en virtud de los fundamentos señalados hasta ahora, no puede este Juzgado aceptar la representación que pretende ejercer el ciudadano SILVANO STANGHERLIN del codemandado de autos, ciudadano ALBERTO STANGHERLIN, y en consecuencia, se mantiene vigente y con plena eficacia el nombramiento del ciudadano JESÚS CUPELLO, como defensor ad-litem del ciudadano ALBERTO STANGHERLIN y de la sociedad mercantil CIAN & FRESCHI ASOCIADOS. Así se decide