DISPOSITIVA.
Este Tribunal Segundo de Control del Sistema de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: SE CALIFICAN LAS APREHENSIONES COMO FLAGRANTES, de los adolescentes: ROGER ALEXANDER MURILLO OLIVERA Y DEIVI ANTONIO CALDERON OLIVERA, antes identificados, por cuanto fueron aprehendidos una vez que fueron visualizados en un vehículo, toyota samuray, después de haber tirado un paquete contentivo de presunta droga, lo que hace presumir con fundamento sus participaciones en la comisión del delito imputado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo establecido en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se considera que los hechos corresponden a la calificación jurídica de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y .....