DISPOSITIVO:
Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda que por Desalojo intentó el ciudadano ROBERTO SEGUNDO ORDOÑEZ PADRON en contra de los ciudadanos ENILFA MARIA GARIZAO TATIS y GENNER CAICEDO.
SEGUNDO: Se ordena el Desalojo del inmueble constituido por una casa de habitación y un local ubicado en el Barrio Santa Clara, Avenida 33, signada con el N° 100B-91 en jurisdicción de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, construida sobre un terreno que se dice ser ejido, comprendido dentro de los linderos y medidas: NORTE: Con la calle N° 100, vía pública y mide 38 metros. SUR: con autopista N° 1 y mide 38 metros. ESTE: con áreas verdes y mide 14 me.....