UNICO: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE el Recurso de Apelación de autos, interpuesto por el abogado HECTOR ALFREDO NUÑEZ GALICIA, inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el Nro 65.364, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano WUIL DEIVY OCANDO MAYOR, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.606.665, estado civil casado, de profesión u oficio taxista, residenciado en el sector La tubería, calle 100, avenida principal, casa s/n, Parroquia Idelfonso Vásquez, Municipio Maracaibo, estado Zulia; contra el pronunciamiento emitido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, con Competencia en Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia que reposa en el Acta de Continuación de Juicio Oral, de fecha 24 de Febrero de 2021; por cuanto el mismo se encuentra inmerso en el supuesto establecido en el literal "c" del artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal.