JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho LIGCAR FUENMAYOR SANCHEZ, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 22 de mayo de 2014, por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, 2) SIN LUGAR el llamamiento de terceros forzoso solicitado por la demandada Sociedad Mercantil BLINDACA SERVICIO Y MANTENIMIENTO C.A. 3) SE CONFIRMA la decisión apelada, 4) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS a la parte demandada.