Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRASACCIÓN, suscrita por por los Abogados Jenny Godoy, inscrita en el Inpreabogado 198.396, obrando con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil Comercialización y Suministros Venezuela, C.A, parte actora en el presente juicio y suficientemente identificada en actas, asimismo, por el Abogado Andrés Virla Villalobos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 124.185, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de las ciudadanas Marisa Abbo de Quintero, Gigi Abbo Jamison Suzanne Abbo Jamison, de la misma manera, Abogado Roberto Blasoni, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.729, en su carácter de representante judicial del ciudadano Jaime Zas y Sociedad Mercantil Constr.....