En este sentido, siendo los bienes en cuestión bienes indivisibles y considerando esta jurisdicente que la solicitante no aportó elementos de prueba fehacientes que demuestren la urgente necesidad de preservar el mismo para evitar la dilapidación, disposición u ocultamiento fraudulento de los bienes pertenecientes a la comunidad conyugal, se hace necesario que la apreciación de las normas que defienden los derechos de las personas afectadas sea más estricta y que la verosimilitud del derecho pretendido por la solicitante de la misma resulte en forma evidente de los autos, sin que ello signifique un juicio al fondo de la controversia. Sin embargo, si por una razón de justicia y equidad, esta operadora de justicia considera que ordenar la desposesión, aprehensión y retención del bien para colocarlo en manos de un tercero iría en detrimento de los derechos de uno de los cónyuges y en beneficio del otro. En consecuencia, por las anteriores consideraciones de hecho y de derecho anteriorment.....