Analizado el supuesto de procedencia anteriormente expuesto, observa esta Superioridad, que la decisión recurrida ante esta instancia por medio del Recurso de Hecho ya analizado, cumple con el requisito de procedencia, por lo que, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, declara: PROCEDENTE el Recurso de Hecho, anunciado el día Veinticuatro (24) de Octubre de 2023, por el abogado Marco Aurelio Gómez Montilla, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.715.337, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.995, actuando en carácter de apoderado judicial del ciudadano Gerardo José Ojeda Hanke, titular de la cédula de identidad N° V-12.203.331, contra el auto dictado por este Tribunal Superior el día Diez (10) de Octubre de 2023. (ASÍ SE DECIDE).
Se ordena enviar mediante oficio, en copias fotostáticas certificadas, las siguientes actuaciones: sentencia de fecha 02/10/2023, que riela a los folios 434-460 y su vto; dilig.....