Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO interpuesto por el ciudadano MARVI ROSQUEZ SANCHEZ contra la empresa JOSE DIAZ COMPAÑÍA ANONIMA (JODICA) solidariamente con la empresa PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA) por motivo de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales.
SEGUNDO: Se ordenó notificar al Procurador General de la República de conformidad con lo establecido en el artículo 95 del Decreto con Fuerza de Ley de la Procuraduría General de la República.
TECRERO: No hubo condenatoria en costa en virtud de lo aquí decidido.
Se ordena expedir copia certificada de este Sentencia por Secretaría a los fi.....