En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana: DAYANA LISBETH AYALA MONTILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-16.638.861, en contra de la empresa: "WARYNA C.A", registrada por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha: 20 de diciembre del año 1994, anotada bajo el número 41, Tomo: 4-A. Representada por Ciudadano: SIXTO RIVAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-7.334.791. SEGUNDO: se condena a la empresa , antes identificada, a pagar al demandante la cantidad de CUATRO MIL TREINTA Y UN BOLIVARES FUERTES CON TREINTA CENTIMOS (Bs. 4.031,30), .....