Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por los abogados Jacinto Rafael Silva Brito y Ciolis del Carmen Núñez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 57.065 y 84.157, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 06 de agosto de 2009.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión de fecha 06 de agosto de 2009, emanada del prenombrado Juzgado de Primera Instancia, en la que declaró improcedente la demanda incoada.
TERCERO: Se declara INADMISIBLE, la demanda de reivindicación interpuesta por los ciudadanos José Teo.....