V
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del Derecho Dennis González Travez, actuando en su carácter de Defensor Privado del ciudadano Kendry de Jesús Nuñez Cubillan, en contra de la sentencia No. 044-07, publicada en fecha 08 de octubre de 2007, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido en forma Mixta, mediante la cual declara Sentencia Condenatoria en contra del penado ut supra identificado, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano Jorge Leonardo Rincón Morales.
SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia impugnada.
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