Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN CELEBRADA ENTRE LAS PARTES, SE LE IMPARTE LA APROBACIÓN Y JUDICIAL DECRETO, PASÁNDOLA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, todo ello con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO INTIMATORIO seguida por la ciudadana SANDRA G. ALEGRÍAS OTERO, venezolana, abogada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.302.061, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 109.502, domiciliado en Jurisdicción del Municipio Simón Bolívar del estado Zulia, con el carácter de Endosataria en Procuración del ciudadano JOSÉ TUBALCAIN MEDINA PÉREZ, venezolano, mayor de edad, soldador, titular de la cedula de identidad numero V-11.458.364, en contra del ciudadano JUNIOR RAFAEL RODRÍGUEZ MARTÍNEZ,.....