PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE EL ESCRITO DE ACUSACION, formulado por la Fiscalía 31° del Ministerio Público, en contra de los jóvenes y el Adolescente, respectivamente todos por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE MANO ARMADA EN CALIDAD DE COAUTORES, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 455 y 83 del Código Penal, ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN CALIDAD DE COAUTORES previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2, 3, 5, 8, 10 y 12 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio de ALEXIS ISIDRO PIMENTEL GÓMEZ, y VIOLENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD EN CALIDAD DE COAUTORES, previsto y sancionado en el artículo 218 ordinal primero del Código Penal, en perjuicio de los funcionarios DANIEL OBANDO, ADRIEL BECERRA y MARIO LUQUE conforme al artículo 578 literal "a" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente; así mis.....