DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- CON LUGAR LA DEMANDA que por cobro de otro concepto laboral, sigue el ciudadano EDGARDO ENRIQUE COLMENARES, en contra de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN HABITACIONAL SOLER, C.A. (partes suficientemente identificadas en las actas procesales que conforman el presente expediente).
2.- SE ORDENA A LA DEMANDADA Sociedad Mercantil CORPORACIÓN HABITACIONAL SOLER, C.A., a cancelar al actor EDGARDO ENRIQUE COLMENARES, la cantidad de DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. F. 19.395,60), por el concepto que se encuentra especificado en la parte motiva el presente fallo.
3.- SE CONDENA EN COSTAS, a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 59.....