Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Juez Unipersonal No.1, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta las siguientes medidas preventivas:
* UN CINCUENTA POR CIENTO (50%), de las Prestaciones Sociales, Fideicomiso e Intereses, y cualquier otra cantidad de dinero, que le pudieran corresponder al ciudadano: DUGLAS ANTONIO ALVARES HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-22.130.015, por su terminación laboral en la empresa PDVSA PETROLEOS S.A, por la causa o motivo que fuere. La cantidad a retener por dichos conceptos deberán ser remitidas a este Tribunal en Cheque de Gerencia y a la orden del mismo, una vez se vayan causando.
Para la ejecución de las medidas se ordena comisionar al JUZGADO DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISC.....