CON LUGAR, la cuestión previa opuesta de la Cosa Juzgada, prevista en el ordinal noveno 9° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto de la sentencia de fecha 17 de Diciembre de 2008, en el Juicio de Divorcio 185-A, llevado por la Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 4, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el expediente signado con el N° 14130, se declaró CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos AMALIA SARAI CASTELLANO LABRADOR y LUÍS GUILLERMO LEÓN, se disolvió el vínculo matrimonial existente entre ellos, y se estableció en el literal D) lo relacionado a la obligación de manutención, tal y como se mencionó con anterioridad, de lo cual se desprende que son las mismas partes intervinientes en este proceso, y que ya fue fijada la pensión de manutención en beneficio de la niña de autos, que es la pretensión en la presente causa, .....