Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley,
declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO hecho por la parte actora, se le imparte la aprobación y judicial decreto y se pasa en autoridad de cosa juzgada, todo ello con motivo del juicio que por NULIDAD DE VENTA intentada por la ciudadana YOLENIS JOSEFINA MANZANO LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.604.885, Licenciada en Educación, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistida por la Abogada en ejercicio IRIS VIVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 25.456 en contra de la ciudadana PETRA DOLORES LEAL DE MANZANO y a la SOCIEDAD MERCANTIL "AGROPECUARIA LA GUACAMAYA", C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Jud.....