Por los Fundamentos antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ORDENA PRIMERO: fijar el lapso preclusivo acordado de CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS para emitir lapso conclusivo correspondiente en la presente causa, seguida al imputado ROLANDO LUIS INCIARTE PEROZO, en la causa iniciada en relación a la causa iniciada en su contra por el delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, el cual vence en fecha 10 DE AGOSTO DE 2007. SEGUNDO: Concluido el mencionado lapso sin pronunciamiento alguno se decretará el archivo de las actuaciones, cese inmediato de las medidas y la condición de imputado.
NOTIFÍQUESE, REGISTRESE EN AGENDA EL LAPSO.
LA JUEZA NOVENA DE CONTROL,
MSC. ERIKA MILENA CARROZ PEREA.
LA SECRETARIA,
ABOG. VERON.....