DECISION
Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, Declara:
Primero: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad incoado por el ciudadano Miguel Antonio Moreno González, identificado anteriormente, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Carlos Alberto Bonilla inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 67.616, contra el acto administrativo de efectos particulares, dictado por la Inspectoría del Trabajo del estado Barinas en fecha 28 de diciembre de 2016 mediante el cual se repuso la causa al estado de ejecución de reenganche, ordenando notificar a las partes.
Segundo: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instanc.....