Este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: EL DESISTIMIENTO del PROCEDIMIENTO en el juicio por cobro de Prestación de Antigüedad y otros conceptos laborales, incoado por los ciudadanos JOSÉ GREGORIO PORTILLO PÉREZ en contra de sociedad mercantil TRANSPORTE SEVIMAR, COMPAÑÍA ANÓNIMA,, y el ciudadano ALVENY LEAL todos plenamente identificados en las actas procesales. En consecuencia, EXTINGUIDA la causa. Así se decide.-