Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE por operar la CADUCIDAD de la presente el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por el ciudadano PEDRO ENRIQUE PERDOMO PACHECO contra el ALCALDE DEL MUNICIPIO VALMORE RODRIGUEZ DEL ESTADO ZULIA e INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA DEL MUNICIPIO VALMORE RODRIGUEZ DEL ESTADO ZULIA.