DISPOSITIVO:
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y que los mismo no son contrarios a la Ley, ni a las buenas costumbre, no alteran el orden público, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO y consumado el convenimiento presentado por la parte actora de la presente causa, ciudadano HUGO ALBERTO BADELL CARRERO, anteriormente identificados, dándole el carácter de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio que por COBRO DE BOLIVARES VIA EJECUTIVA, siguió el ciudadano HUGO ALBERTO BADELL, contra la sociedad mercantil AGROPECUAIRA ESPERANZA y los ciudadanos JESÚS HERNANDEZ y PATRICIA PORTILLO, identificados en actas, en la causa signada con el N° 48.049 de la nomenclatura interna de este despacho. Todo de conformidad con lo dispuesto e.....