De conformidad con las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la Pretensión por Cobro de Bolívares interpuesta por el abogado ARMANDO MANZANILLA MATUTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.462.519, abogado inscrito en el Inpreabogado Nro. 14.020, de este domicilio, contra la sociedad mercantil ALIMENTOS HB, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero del estado Carabobo, 07 de octubre de 2009, Nro. 75, Tomo 80-A, de este domicilio;
SEGUNDO: Se condena a la demandada ALIMENTOS HB, C.A. a pagar al demandante ARMANDO MANZANILLA MATUTE las siguientes cantidades de dinero:
1) La cantidad de seiscientos dólares ($600,00) americanos, que a la fecha de la interposición de la demanda arroja un total de cuarenta y cuatr.....