DISPOSITIVA.
Por todo los razonamientos antes expuestos y después de analizados los hechos así como las pruebas incorporadas durante el desarrollo del presente juicio oral y privado y analizada la sanción a imponer, este Tribunal de Juicio de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley RESUELVE:
PRIMERO: Se declara Penalmente Responsable al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, Estado Barinas; por la presunta comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. SEGUNDO: Se sanciona con las medidas de LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, establecida en los artículos 620 en relación con 626 Y 624,r.....