LA HOMOLOGACIÓN del acuerdo de Pago y/o Transacción por la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES FUERTES CON CERO CÉNTIMOS (Bs.F.20.000,00), en el juicio por Cobro de INDEMNIZACIONES POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL Y DAÑO MORAL, sigue el ciudadano JOSÉ ANTONIO LUGO en contra de la Sociedad Mercantil BLINDADOS ZULIA OCCIDENTE, C.A. (BLINZOCA), se le da el carácter de cosa juzgada; y como consecuencia de la aprobación dada, se resuelve:
PRIMERO: Con la Homologación señalada, este Juzgado declara terminado el presente juicio, y se ordena la remisión del expediente al archivo judicial, toda vez que consta el pago total de lo pactado por las partes.
No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido.