Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 267 ordinal 1 y 269 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO INTIMATORIO seguido por la Sociedad Mercantil MUEBLES LAS NOVEDADES DE VENEZUELA C.A (MUNOVEN), representada por el ciudadano FABIO VILLA YAFRATE, quien es venezolano, mayor de edad, Licenciado en administración, titular de la cédula de identidad Nº V-7.962.882, en su carácter de Vicepresidente, según consta en acta de asamblea General Extraordinaria, de fecha 09 de agosto de 2006, debidamente registrada en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha 15 de enero del 2007, asistido por la abogada Jenny Marín de L.....