DECISION
Por todas las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Parcialmente Con Lugar la demanda incoada por la ciudadana JULANNY DEL CARMEN VELAZQUEZ, anteriormente identificada, contra la GUARDERÍA y PREESCOLAR LUZMAR BEBE ya identificada, con ocasión de esta declaratoria deberá pagar al demandante la cantidad NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs.9.399,56) más lo que resulte de la experticia ordenada en la motiva del presente fallo.
No hay condenatoria en costas.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio de la Coordinación Laboral del estado Barinas a los veintisiete (27) días del mes de marzo del año 2009. Años 198º de la Independencia y 150º de la Federación.
El Juez
Abg......