en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, todo ello de acuerdo a los Artículos 04,06, 07, 13, 19 y 311 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Control N° 5, acuerda la entrega Plena del Vehículo antes identificado a su propietario la ciudadana BRUNA ANTONELA CASAGRANDE HIDALGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V.- 7.106.614., domiciliada Urbanización La Isabelica, sector 9, vereda 1, casa N° 18, Parroquia Rafael Urdaneta, Valencia, Estado Carabobo. Y así mismo se ordena la realización al vehículo de la IMPRONTA, a los fines de identificar y registrar el referido vehículo ante el órgano correspondiente. Ordénese lo conducente, Líbrese los Oficios correspondientes, al estacionamiento y al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, división de informática a los fines de que se sirvan de excluirlo del sistema de Información Policial. Es todo. Cúmplase.