este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, niega los pedimentos solicitados por la representación de la parte demandada, abogado JOSE RAMON PERALTA, y en consecuencia comisiona a CUALQUIER JUZGADO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los fines de que se sirva poner e posesión a la Depositaria Judicial Maracaibo, S.A., del bien inmueble embargado ejecutivamente en fecha Tres (3) de Diciembre de 2003, por el Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, antes identificado. ASI SE DECIDE.-